Panorama Actual del Medicamento (PAM) - Nº 363 - Mayo 2013 - page 118

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FORMULACIÓN
Panorama Actual Med 2013; 37 (363): 456-457
Es difícil que las personas se cuestionen o descon-
fíen de las cosas que están escritas en los libros de
texto, los documentos oficiales o cualquier fuente
bibliográfica de cierto prestigio. Los profesionales en
su ejercicio diario suelen acudir a estas fuentes de
conocimiento para consultar las dudas, extraer infor-
mación o verificar que están en lo cierto ante cual-
quier disputa conceptual. Está claro que la ciencia
debe tener puntos de referencia, citas o contextos
ya verificados en los que uno se pueda mover con
cierta garantía. No obstante, con el transcurrir de los
tiempos, es también cierto que muy a menudo se
instauran lo que llamamos paradigmas científicos.
Pero ¿qué son estos paradigmas? Si nos atenemos
a su etimología, el término paradigma se origina en
la palabra griega “paradeigma”, que significa “mo-
delo” o “ejemplo”. Pero fue Thomas Kuhn quien en
su libro
La Estructura de las Revoluciones Científicas
definió a un paradigma de la siguiente manera:
–– Lo que se puede observar y escrutar.
–– El tipo de interrogantes que se supone hay que
formular para hallar respuestas en relación al
objetivo.
–– Cómo tales interrogantes deben estructurarse
–– Cómo deben interpretarse los resultados de la
investigación científica.
De esta forma, dentro de la ciencia normal, un
paradigma es un sistema metódico modélico capaz
de ser copiado o emulado. El paradigma prevalente
representa, a menudo, una forma más específica de
ver la realidad o las limitaciones de propuestas para
la investigación futura; más que un método cientí-
fico mucho más genérico. En esencia es un conjunto
de prácticas que definen una disciplina científica du-
rante un período de tiempo específico.
El riesgo está en dejarse llevar por la corriente im-
perante y no cuestionar determinados conceptos, he-
chos o ideas que se dan por válidos e irreductibles. A
esto se le llama ceguera paradigmática y un ejemplo
de esta ceguera se dio cuando Lord Kelvin en 1900
dijo: “No queda nada por ser descubierto en el campo
1
Doctor en Farmacia. Farmacéutico Comunitario. Miembro
de la Directiva de AEFF
Mario Fernández Román
1
de la física actualmente. Todo lo que falta son medi-
das más y más precisas”. Lo que no pudo predecir Kel-
vin es que en 1905, Albert Einstein publicó su trabajo
sobre la relatividad especial que cambió la visión me-
canicista de Newton sobre el Universo. Lo que se daba
por definitivo en física ya no lo era tanto. La ceguera
paradigmática se instala en muchas instancias cuando
se da por válido lo que está escrito en los libros y no
se plantea ni siquiera la posibilidad de verificar que lo
que allí se escribe es cierto o no.
Salvando las distancias que nos separan de los
grandes investigadores y de los grandes paradigmas
pues lo que aquí se plantea dista mucho de trascen-
der ningún canon de la ciencia, sí nos ha parecido
interesante incorporar este tipo de argumentos pues
algo parecido ha ocurrido, está ocurriendo y espe-
ramos que no ocurra con la estabilidad o plazo de
validez que se les adjudica a los preparados oficinales
que se hacen en las oficina de farmacia.
Sabemos que en la ley 29/2006, de 26 de julio,
de garantías y uso racional de los medicamentos y
productos sanitarios en el Título II, capítulo I, artículo
8, apartado j), al igual que en el capítulo preliminar
del Real Decreto 175/2001 de 23 de Febrero, se de-
fine como Preparado Oficinal a “
Aquel medicamento
elaborado y garantizado por un farmacéutico o bajo
su dirección, dispensado en su oficina de farmacia o
servicio farmacéutico, enumerado y descrito por el
Formulario Nacional, destinado a su entrega directa
a los enfermos a los que abastece dicha farmacia o
servicio farmacéutico”.
Como medicamento que es, el preparado oficinal
además de las propiedades que se le confieren para
el tratamiento o prevención de enfermedades debe
cumplir con una serie de garantías como las garan-
tías de seguridad, eficacia, identificación e informa-
ción como se recoge en la Ley 29/2006 de 26 Julio,
de garantías y uso racional de los medicamentos y
productos sanitarios.
1
Dentro de las garantías de información se incluye
el etiquetado donde se reflejará la fecha de caduci-
dad. Esta fecha de caducidad se debe establecer en
su más estricto sentido en función de unos estudios
de estabilidad previamente realizados.
La normativa sobre la elaboración de fórmulas
magistrales y preparados oficinales viene perfecta-
mente definida en el RD 175/2001 de 23 de Febrero.
Plazo de validez de los preparados oficinales.
¿Son estables los preparados oficinales
que se hacen en la farmacia?
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