Panorama Actual del Medicamento (PAM) - Nº 364 - Junio 2013 - page 34

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Panorama Actual del Medicamento
REVISIÓN
Como se ha indicado, los medicamentos
biosimilares no son exactamente iguales a los
innovadores utilizados como medicamentos de
referencia. El propio proceso de producción que
tiene un medicamento biotecnológico, condi-
cionado por multitud de factores imposibles
de reproducir con exactitud al unísono, hace
que puedan darse determinadas diferencias en
el producto final que puedan ocasionar ciertas
características específicas a nivel de la actividad
del medicamento o incluso – que es lo más im-
portante – la aparición de determinados efec-
tos adversos por la inmunogenicidad específica
que pueden desarrollar. De hecho, diferencias
en este sentido pueden aparecer entre lotes de
un mismo medicamento innovador, siendo éste
un hecho conocido y para el que se estable-
cen determinados márgenes que se consideran
aceptables, tanto para un medicamento biotec-
nológico innovador como para el medicamento
biosimilar que lo emplea como medicamento de
referencia.
Desde determinados sectores se ha sugerido
que la existencia de leves diferencias en el tra-
tamiento con un fármaco biosimilar respecto al
original podría tener consecuencias clínicas re-
levantes, por la posible disminución del efecto
o por la variación de la frecuencia y/o intensi-
dad de sus efectos adversos. De hecho, en tér-
minos biológicos, pequeñas modificaciones en
la estructura de estos compuestos pueden dar
lugar a cambios en la identificación de proteí-
nas, reconocimiento y unión a ligandos, acti-
vidad biológica, estabilidad, farmacocinética e
inmunogenicidad.
La gran heterogeneidad de los productos bio-
lógicos determina que los biosimilares puedan
no ser exactamente igual de eficaces. En este
sentido, por ejemplo, la glucosilación de epoeti-
nas biosimilares es distinta para cada caso, y ello
puede motivar, entre otras cosas, que el fármaco
glucosilado pierda hasta un 20% de actividad
con respecto a lo glucosilado. Esto es así porque
la glucosilación condiciona la actividad biológica
de las proteínas y, en tanto en cuanto dos epoe-
tinas biosimilares tengan perfiles de glucosila-
ción distintos, los efectos del producto original
puedan variar con respecto a los del producto
biosimilar.
Estos son los motivos por los que la EMA ha
establecido unos requisitos mucho más específi-
cos y exigentes para la autorización de los medi-
camentos biosimilares que para un medicamento
genérico. Para la aprobación de los biosimilares
son necesarios ensayos clínicos destinados a
establecer la eficacia y seguridad en la práctica
médica que no se requieren para los genéricos;
estos últimos sólo tienen que demostrar que se
trata del mismo principio activo, que se presen-
tan en la misma dosis y forma de dosificación y
que es bioequivalente con el medicamento de
referencia.
Así, para cada uno de los medicamentos bio-
similares para los que se solicite se deben rea-
lizar los estudios en la indicación en concreto
que se establezca en la norma específica. Por
ejemplo, un medicamento biosimilar de epoe-
tina alfa debe presentar estudios en pacientes
con anemia asociada a insuficiencia renal. De
esta manera, cuando el medicamento biosimilar
recibe su autorización, la recibe no únicamente
para esa indicación sino para todas las que tenga
autorizadas el medicamento innovador que se
haya empleado como referencia. Esta extrapola-
ción en las indicaciones autorizadas a los medi-
camentos biosimilares ha sido objeto de críticas
por algunos sectores, si bien la Administración
Sanitaria considera que todos los ensayos que se
solicitan a un medicamento biosimilar son sufi-
cientes como para demostrar su calidad, eficacia
y seguridad.
En definitiva, los medicamentos biosimilares
y los biotecnológicos en general, por su origen,
tienen perfiles de seguridad más delicados pero,
en coherencia con ello, los requisitos para su au-
torización también son mucho más exhaustivos
que los exigidos a un medicamento genérico. Es
importante tener en cuenta que el periodo de
desarrollo de un medicamento biosimilar es, en
término medio, de casi 8 años, lo que supone
un plazo muy superior al requerido para el de-
sarrollo de un medicamento genérico, pero simi-
lar o muy ligeramente inferior al empleado por
un medicamento biológico innovador, siendo la
inversión realizada muy elevada. En última ins-
tancia, con las estrictas exigencias regulatorias
de la EMA se espera que las leves diferencias
que pueda presentar un biosimilar con respecto
al producto biológico de referencia, no lleguen a
tener una relevancia clínica significativa en térmi-
nos de eficacia y de seguridad para el paciente.
O, al menos, así parecen haberlo considerado las
autoridades sanitarias españolas al establecer la
nueva regulación legal sobre la prescripción y
dispensación de medicamentos biosimilares en
España.
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