FARMACÉUTICOS N.º 401 -
Enero
2015
59
mientos legales exigibles para el suministro y distribución de medicamentos. Para ello se podrá consultar el regis-
tro público de laboratorios
7
y el catálogo de entidades de distribución
8
disponible en la página web de la AEMPS.
En el caso de medicamentos sospechosos entregados por un paciente y que hayan sido adquiridos a través de
internet u otras vías de suministro no legales, el farmacéutico intentará recabar la mayor cantidad posible de infor-
mación.
En España, la venta por correspondencia y por procedimientos telemáticos de medicamentos sujetos a prescrip-
ción está prohibida. En el caso de medicamentos no sujetos a prescripción, la dispensación se realizará por una ofi-
cina de farmacia autorizada, con la intervención del farmacéutico y previo asesoramiento personalizado. La dis-
pensación de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción a través de sitios web debe realizarse con los
mismos principios de actuación profesional que la dispensación que pueda realizarse en una farmacia.
Las farmacias legalmente autorizadas para la venta a distancia, a través de sitios web, de medicamentos de uso
humano no sujetos a prescripción notificarán esta actividad a la administración y mostrarán un logotipo identifica-
tivo común para toda la Unión Europea. El logotipo tendrá un enlace a la web de la AEMPS desde donde se podrá
comprobar si efectivamente la farmacia cuenta con autorización para realizar esta actividad.
Cuando el comprador se encuentre en otro Estado miembro, la venta a distancia a través de sitios web debe-
rá realizarse de acuerdo a los requisitos establecidos en el RD 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula
la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción
médica, así como los exigibles en el país de destino, tanto en relación con los medicamentos (incluyendo su eti-
quetado, prospecto y clasificación), como con las condiciones de dispensación.
En el caso de detectar que una determinada página web está realizando presuntas actividades ilícitas de venta de
medicamentos ilegales o falsificados, o sin la autorización correspondiente, el farmacéutico debería notificar esta
sospecha a través de la Organización Farmacéutica Colegial.
El farmacéutico deberá ayudar a concienciar a la población sobre los riesgos de la compra de medicamentos en
establecimientos no autorizados o a través de internet.
2. Verificar el aspecto del embalaje externo, la existencia y el estado de los
posibles dispositivos de seguridad del envase:
en la actualidad algunos medicamentos
ya incluyen elementos de seguridad como pueden ser sellos, hologramas, dispositivos para evitar la manipulación
(apertura por troquelado, sellos, etc.), etc. Estos elementos serán cada vez más habituales junto con la incorpora-
ción de un número de identificación único que va a permitir la identificación individual de cada envase legal pues-
to en el mercado.
En la farmacia se comprobará, en el momento de la recepción del pedido, que tanto el aspecto como los elemen-
tos de seguridad que pueda incluir un medicamento, están intactos y, cuando así esté disponible, se realizará la
autenticación del envase antes de su dispensación a través de los procedimientos y la vía establecida.
3. Notificación de la sospecha de medicamento falsificado:
el farmacéutico infor-
mará inmediatamente a la AEMPS de la sospecha de medicamento falsificado que haya detectado. La notifica-
ción se realizará a través de la dirección de correo electrónico habilitada para tal fin: medicamentos.falsificados@
aemps.es
La notificación podrán realizarla, además de farmacéuticos, otros profesionales sanitarios, titulares de la autori-
zación de comercialización, laboratorios fabricantes/importadores y almacenes de distribución de medicamentos.
Esta dirección permite la notificación de sospechas de medicamentos falsificados detectados dentro de la cade-
na legal de suministro.
En la notificación se incluirá la siguiente información:
–
–
Nombre del medicamento, forma farmacéutica y Código Nacional.
–
–
Número de lote y fecha de caducidad.
–
–
Lugar de detección o adquisición de la posible falsificación.
–
–
Explicación de la sospecha y diferencias observadas entre la falsificación y el medicamento original.
–
–
Otros datos de interés, fotografías.
–
–
Nombre, apellidos, teléfono y correo electrónico de la persona que realiza la notificación.
El farmacéutico conservará el medicamento sospechoso ante posibles consultas e investigaciones por parte de
la AEMPS.
La AEMPS se encargará de notificar a las Comunidades Autónomas, organizaciones profesionales, asociacio-
nes de mayoristas y agentes implicados en la cadena de suministro de medicamentos, cualquier alerta sobre medi-
camentos falsificados detectados.
7
8