Revista Farmacéuticos - Nº 393 - Marzo 2014 - page 9

FARMACÉUTICOSN.º 393 -
Marzo
2014
9
ACTUALIDAD
E
(
tos Sanitarios en sumodificación rea-
lizada en el RDL 16/2012, en lo rela-
tivo a la regulación del Sistema de
Precios de Referencia, de las agrupa-
ciones homogéneas y de los sistemas
de información. Tras la publicación
en el
BOE
de este RD, en el que se
definen y sientan las bases para apli-
car el nuevo sistema de referencia, se
precisará de la publicación correspon-
diente de una ordenministerial.
Revisiónanual
El Real Decreto 177/2014,
entre otros aspectos, esta-
blece una cantidad fija
para el umbral mínimo
de precio de referencia,
situándose en 1,60 euros
como PVLmínimo para el pre-
cio de referencia. Contempla tam-
bién una revisión anual de los pre-
cios de referencia que se realizará
empleando los datos del mes de abril.
Plazos de convivencia
El RD respeta los plazos de conviven-
cia para almacenes y farmacias, sien-
do 20 días para los primeros y 10 o 40
días para la farmacia, en función de
cuándo se publique cada ordenminis-
mación de con-
juntos como de la presentación con un
coste/tratamiento/día menor del que
fija el precio de referencia.
La normativa aprobada recoge tam-
bién la posibilidad de dispensación
de medicamentos cuando no está dis-
ponible el medicamento que da lugar
al precio más bajo, pudiendo dispen-
sar el de siguiente precio. Igualmen-
te, sigue figurando la preferencia por
genérico de igualdad de precio.
La normativa publicada en el
BOE
contempla también que las posibles
revisiones de precios únicamente se
producirán en aquellos medicamen-
tos que tengan un precio de referencia
ponderado. En caso de que se estén
comercializando en otro país a un
precio inferior, deberán comunicar-
lo obligatoriamente en el plazo de un
mes desde la publicación de la orden
anual.
Asimismo, se pueden crear conjun-
tos sin genéricos, por haber sido auto-
rizados con una antelaciónmínima de
diez años en España o en Europa.
Sistemas de información
El RD regula también otros siste-
mas de información en materia
de financiación y precios de
los medicamentos. En con-
creto, el nomenclátor ofi-
cial del Sistema Nacio-
nal de Salud, como base
de datos del Ministerio de
Sanidad en materia de pres-
tación farmacéutica; el sistema
de información de apoyo a la ges-
tión de fijación de
precios y decisión
de financiación de
los medicamentos
y productos sani-
tarios; y el siste-
ma de información
sobre consumo de
medicamentos en
la red pública hos-
pitalaria.
AccedealRD
177/2014publicado
enel
BOE
T
ras laaprobacióndelRD, en
el quesesientan lasbasespara
aplicarel nuevosistemade
preciosde referencia, se requiere
lapublicacióndeunaorden
ministerial correspondiente
1,2,3,4,5,6,7,8 10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,...62
Powered by FlippingBook